Informe de Vida Laboral

Informe de Vida Laboral

Se trata de un informe que, con mucha frecuencia, nos vemos obligados a solicitar a la Seguridad Social. A continuación, enumeraremos sus características principales y lo analizaremos de dos maneras muy distintas, en función de quien sea el titular.  

l Informe de vida laboral de trabajador (persona física).

Informe de vida laboral de empresa (persona jurídica).

En ambos casos, el objetivo perseguido por la Seguridad Social es el de facilitar y proporcionar, a empresas y ciudadanos particulares, la información más relevante sobre sus cotizaciones a la Seguridad Social. 

El primero de ellos, el de trabajador, va dirigido a ciudadanos (personas físicas), que estén cotizando o que lo hayan hecho alguna vez a lo largo de su vida y que, por lo tanto, dispongan de número de afiliación a la Seguridad Social. 

En el segundo caso, la vida laboral de la empresa, va dirigido a empresas con trabajadores, siempre que hayan presentado sus liquidaciones de cuotas mediante el sistema de liquidación directa. 

En el caso del trabajador, este informe recoge y ofrece información de todo el histórico de empleadores que ha tenido este trabajador, ya sean personas físicas (autónomos) o personas jurídicas (empresas). Entre otra información, destacamos los contenidos más relevantes de este informe: 

  •  Datos de identificación general del trabajador: nombre, apellidos, NIF, dirección completa, número de cotización a la Seguridad Social. 
  •  Un pequeño resumen del número total de años, meses y días que el trabajador lleva en activo, y por tanto, cotizados a la seguridad social. 
  • El detalle del resumen anterior ordenado en función de los periodos en que este trabajador ha estado de alta en cada una de las empresas que lo ha contratado. 

Este último punto debe contener la siguiente información: 

  1. Régimen en el que el trabajador ha estado contratado: general, autónomo, etc… 
  2. Empresa o autónomo que lo ha contratado, con indicación expresa de su código de cuenta de cotización. 
  3. Fecha de alta en esta empresa. 
  4. Fecha de baja en la empresa (si se ha producido), así́ como fecha de efecto real de la baja, en caso de ser diferente de la anterior. 
  5. Tipo de contrato de trabajo celebrado entre empleador y trabajador. 
  6. Dedicación del contrato de trabajo, mostrado en % sobre el total. De manera que 100% equivale a un contrato de jornada completa y 50% a uno de media jornada. 
  7. Grupo de cotización en el que se enmarca el contrato, en función de la categoría profesional con la que se ha contratado al trabajador. 
  8. Finalmente, muestra la duración (en días) que dicho trabajador ha estado contratado por esta empresa en particular. Esta duración se muestra solo en el caso de que el trabajador ya haya sido dado de baja de esta empresa. Si no es este el caso, no aparece esta indicación, y su significado es que el trabajador todavía sigue en activo en esta empresa. La suma de todos estos días, en todas las empresas, se corresponde con el resumen visto anteriormente (se muestra en la página inicial del informe de vida laboral). 

Por su parte el informe de Vida Laboral de Empresa ofrece información acerca de las liquidaciones de cuotas a la Seguridad Social presentadas en el ejercicio, las cuotas calculadas por la Tesorería General de la Seguridad Social y las cuotas ingresadas por la empresa. 

Este informe muestra la evolución de la cotización y del número de trabajadores en alta en los distintos meses del año. Incluye también información específica sobre bases de cotización y deducciones, los importes de los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores y la situación de la empresa en relación con el ingreso de las cuotas a la Seguridad Social. 

De manera más específica, las variables sobre las que se informa en la Vida Laboral de Empresa son las siguientes: 

  •  Aplazamientos vigentes y pendientes de pago al final del ejercicio. 
  • Autorizado sistema RED. Datos de identificación de la empresa en el sistema RED. 
  • Bases de cotización totales de las liquidaciones presentadas en plazo. Se diferencian las bases de cotización de contingencias comunes, contingencias profesionales y de horas extraordinarias.
  •  Bonificaciones y reducciones a las que tiene derecho la empresa. 
  • Código cuenta de cotización de la empresa. 
  • Compensaciones por el pago delegado de la Incapacidad Laboral Transitoria. 
  • Conceptos retributivos abonados a sus trabajadores. 
  • Convenio colectivo aplicable. 
  • Cuotas calculadas por la Tesorería General de la Seguridad Social. 
  • Cuotas ingresadas por la empresa. 
  • Bonificaciones por formación continua aplicadas por la empresa. 
  • Liquidaciones presentadas por la empresa. 
  • Mutuas colaboradoras. 
  • Situación sobre el ingreso de cuotas de la Seguridad Social, por parte de la empresa. 

En definitiva, en ambos casos estamos ante unos informes que recogen la trayectoria, el histórico, como empleado en el primer caso y como empleador en el segundo. 

También en ambos casos, y a fin de facilitar y hacer más flexible la relación con la Administración Pública (Seguridad Social en este caso), se pueden solicitar y obtener de manera telemática, agilizando muchísimos los trámites, desplazamientos, gestiones presenciales, etc… 

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